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¿Pueden las Compradoras de Cartera y otros, cambiar la fecha de inicio de mora o días de MORA de la obligación, para no eliminar el REPORTE NEGATIVO DE DATACREDITO y TRANSUNION?

COMPRADORAS DE CARTERA y otras entidades o empresas, negándose a eliminar el reporte, NO PUEDEN CAMBIAR LA FECHA DE INICIO DE MORA, días de mora  O INICIO DE LA OBLIGACIÓN en CENTRALES DE RIESGO. Esto es un delito porque busca alterar el escenarioa fáctico y jurídico de su obligación para mantener el reporte negativo en datacrédito, transunion y otras.

 

 

La Ley de Borrón y Cuenta nueva,  impuso la caducidad inmediata del dato negativo para obligaciones  con ocho (8) años o más de estar en MORA, y prácticamente ordenó también, su consencuencial eliminación de las CENTRALES DE RIESGO DATACREDITO Y TRANSUNION, pero ello no ocurrió para muchas obligaciones que a pesar de su antigüedad, no fueron actualizadas o eliminadas de las bases de datos financieras.

Pero entonces, ¿qué ocurrió? ¿por qué no fueron eliminadas si la ley lo ordena prácticamente?

Lo cierto es que DATACREDITO y TRANSUNION, motu proprio, eliminaron los reportes negativos de muchas obligaciones. Se dice incluso, que DATACRÉDITO COLOMBIA actualizó más de dos millones de obligaciones que tenían reporte negativo. 

Lo que está ocurriendo con aquellas que no se eliminó el reporte negativo, es que muchas compradoras de cartera alteraron las fechas de inicio de mora o días de mora, para que los operadores de información (Centrales de riesgo) no las detectaran y no eliminaran dichos reportes. De nuestros casos propios de éxito y la investigación que hemos realizado, hemos podido concluir tal situación, es por ello que desde el mismo momento que nos enteramos de esta nueva artimaña empezamos a generar medidas y estrategias para contener tal artimaña. hEMOS ACOGIDO UNA ESTRATEGIA MARAVILLOSA de CONTUDENTES RESULTADOS EXITOSOS. 

Así mismo, vale la pena adicionar a este artículo, que muchas compradoras de cartera tienen falencias en documentación y han violado ciertas normas,  y así no tenga la obligación los OCHO (8) AÑOS de mora, o así haya pagado sin cumplir el término de permanencia, en muchos casos,  hemos podido eliminar el reporte aún con la deuda insoluta.

No importa lo que le hayan dicho centrales de riesgo y la empresa compradora de cartera  que ahora tiene a cargo su obligación, si tiene ocho años y la fecha está alterada en centrales de riesgo, ud. puede actuar y nosotros le ayudamos. Contácenos ya. Abajo, al final de esta página encontrará todos nuestros datos de contacto incluso el WHATSAPP DIRECTO con el asesor.

 


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